La Justicia entrerriana frenó sanciones nacionales por el cobro de tasas en las boletas de luz

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La Justicia de Entre Ríos resolvió suspender la aplicación de sanciones nacionales contra la Provincia, la empresa Enersa y las cooperativas eléctricas locales por el cobro de tasas municipales junto con el servicio de energía.

La decisión fue tomada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná, que hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por el Estado entrerriano. En su fallo, el tribunal ordenó a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (DNDCyAC) abstenerse de aplicar sanciones o iniciar nuevos sumarios administrativos hasta que haya una sentencia definitiva en otra causa vinculada al mismo tema.

La medida alcanza al Estado provincial, a Energía de Entre Ríos S.A. (Enersa) y a las cooperativas entrerrianas distribuidoras del servicio eléctrico, quienes habían sido intimadas por la DNDCyAC por presuntamente incumplir la Resolución Nacional N° 267/24, que prohíbe incluir tasas municipales —como la de alumbrado público o la contribución única— en las boletas de luz.

Según el fallo, el organismo nacional había advertido a las distribuidoras que dejaran de facturar estos conceptos bajo amenaza de denunciar penalmente a sus directivos por el delito de desobediencia.

Sin embargo, la Cámara sostuvo que el conflicto pertenece al ámbito del derecho del consumidor, materia que también es de competencia provincial. Los jueces consideraron que la Provincia de Entre Ríos tiene potestad propia para juzgar infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor dentro de su territorio, ya que las empresas involucradas están radicadas en la jurisdicción provincial.

En ese sentido, los magistrados recordaron que la autoridad competente en Entre Ríos es la Dirección General de Comercio Interior y Defensa del Consumidor, y que el Estado Nacional puede realizar denuncias ante dicho organismo si lo considera necesario.

Finalmente, como en la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay ya tramita una causa colectiva de contenido similar —“CODEC c/ Energía de Entre Ríos y otro s/ contencioso administrativo” (Expte. N° 1466/CU)—, el tribunal decidió remitir las actuaciones cautelares a esa sede judicial para unificar el tratamiento de los expedientes.

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