La Justicia hizo lugar al amparo y prohibió distribuir alimentos con sellos en escuelas entrerrianas
La Justicia hizo lugar al amparo colectivo y ordenó al Gobierno de Entre Ríos no distribuir en las escuelas alimentos destinados a desayunos y meriendas que contengan sellos de advertencia.
La Justicia hizo lugar a la acción de amparo colectivo presentada por un grupo de padres, Agmer y Fundación CAUCE contra el Gobierno de Entre Ríos, en el marco de la implementación del nuevo sistema de provisión de desayunos y meriendas para los comedores escolares.
La sentencia, dictada este viernes 21 de agosto, ordena al Superior Gobierno de la Provincia abstenerse de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias.
Además, la resolución establece que la Provincia deberá garantizar de manera simultánea e ininterrumpida la provisión de productos que no estén alcanzados por esa prohibición.
La causa se originó a partir del cuestionamiento al nuevo sistema centralizado de provisión de alimentos para desayunos y meriendas escolares. Los demandantes plantearon que algunos de los productos previstos para su distribución presentaban sellos octogonales de advertencia, en contradicción —según sostuvieron— con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nacional N.º 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable.
En su análisis, el magistrado consideró que la centralización del sistema podía responder a un diagnóstico técnico orientado a mejorar la trazabilidad, el control y la homogeneidad de la prestación. Sin embargo, entendió que ello no resultaba suficiente para acreditar el cumplimiento de la normativa vinculada a los alimentos distribuidos en los establecimientos educativos.
La sentencia también señala que, de la documentación aportada en la causa, surgía la existencia de al menos 23 productos de la marca Abanderado, perteneciente a la empresa Teknofood S.A., ofertados con presencia de sellos octogonales de advertencia.
La resolución hace lugar al amparo colectivo promovido por los padres en representación de sus hijos, Agmer y Fundación CAUCE. Asimismo, dispone la publicación y difusión de la sentencia y establece las costas a cargo de la parte vencida.